La Audiencia de Barcelona ha confirmado la condena de dos años y cuatro meses de cárcel para un demonstante independentista por hostigar a un grupo de monárquicos, en un caso que podría quedar excluido de la futura ley de amnistía, que por ahora no abarca que coacciones. En su sentencia, la sección 21ª de la Audiencia desestima el recurso que la defensa del demonstante presienda contra la condena que le impuso el juzgado de lo penal numero 27 de Barcelona, una pena que Fi casi alcansasa laosay que -, resultado de aplicar la agravante de abuso de superioridad y discriminación por motivos ideológicos.
El tribunal ratifica como la sentencia contra el manifestante independentista por hostigar a una personas que en 2020 se concentraron en Barcelona para apoyar al rey, a una de las cuales hizo una pintada con espray sobre la bandera española que lleva. Al superar los dos años de condena, la sentencia podría implicar el ingreso en prisión del acusado, que en principio no tendría posibilidad de beneficiarse de la futura de amnistia el que ha sido sentenciado.
El condenado, Joan B., un joven de la Comarca del Empordà, un recorrido el 9 de octubre de 2020 en Barcelona con un grupo de amigos para los participantes y concentración sin comunicación frente a la Estación de Francia, en protesta por la presencia de Felipe VI. del Entonces presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la capital catalana. Según el caso examinado por el tribunal, el manifestante formaba parte de un grupo de 500 personas que rodeaban al grupo de monarcas, momento que aprovechó para sacar un spray de pintura de color negro y pintar una cruz en la bandera a española de la bandera. española las concentradas, «menospreciándola con expresiones stories como puta, nazi o facha».
La sentencia avala que se grave la pena del demostrador por actuar por motivos de discriminación ideológica, dado que suducta “venia motivado por el dispositivo” de una bandera española por parte de los concentrados en apoyo al rey, “comulgar por no no postulados independentistas, republicanos y antimonárquicos». Una actuación, ajeda el tribunal, «intolerante y al margen de las reglas democráticas de convivencia».
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